Juegue rondas de nueve hoyos, ahora son contables para su hándicap

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La coyuntura de salud pública por la que atravesamos como consecuencia de la pandemia de Covid-19 le brindó la oportunidad a la Federación Colombiana de Golf de implementar el desarrollo del cálculo de hándicap a partir de rondas de 9 hoyos, una iniciativa que ya se tenía en carpeta y se venía realizando para comodidad de los golfistas y clubes del país.

De acuerdo a lo estipulado en el Decreto 847 de 2020, el Ministerio de Salud ha autorizado la práctica deportiva “únicamente (…) por un periodo máximo de dos (2) horas”, el tiempo estimado para jugar una ronda de golf de 9 hoyos.

Para efectos técnicos, la Federación pondrá a disposición de los golfistas federados y los clubes del país un nuevo desarrollo tecnológico en el área de hándicaps, y es la posibilidad de liquidarlo de dos maneras: el tradicional a 18 hoyos, y uno nuevo a 9 hoyos, de tal forma que ahora sus ‘scores’ por una vuelta de 9 hoyos también serán contables para su índice.

Para su consulta, deberá hacerlo ingresando a la página habitual Fedegolf.com, y una vez ingrese con su código encontrará dos pestañas en la parte superior: el Índice USGA y el nuevo Índice 9, aplicables a diferentes canchas del país, de acuerdo al patrón de curva de cada uno, además de los ya conocidos hándicap al corte y el hándicap al día.

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Este nuevo servicio estará disponible a partir del próximo sábado 11 de julio.


Vea CIRCULAR OFICIAL


Los beneficios de jugar 9 hoyos, probados por la USGA:

“Más rápido, golf más barato”, parafraseado, es el eslogan sobre el que la United States Golf Association (USGA) ha edificado la implementación de ‘PLAY9’, su programa de juego de golf en 9 hoyos.

La gente está ocupada. Y aparentemente cada vez está más ocupada, ya sea en el trabajo o en las responsabilidades familiares. Apartar cinco horas para jugar 18 hoyos probablemente sea un lujo en estos días.

Desde 2014, la USGA viene promoviendo el juego a 9 hoyos como una solución a la demanda decreciente de ‘green fees’. Mediante su sitio web, los golfistas pueden encontrar campos en su comunidad que ofrezcan tarifas “preferenciales” de 9 hoyos. Además, el noveno día de cada mes, desde mayo hasta octubre, clubes socios del ente rector del golf estadounidense organizan certámenes bajo esta modalidad.

Y a la luz de las cifras, el experimento viene dando réditos. En su primer año, aumentó un 13% el reporte de ‘scores’, y en 2018 tal incremento ya va en un 24%, de acuerdo a una investigación publicada por la revista Forbes.

Más del 30% de los campos públicos de golf en Estados Unidos son de 9 hoyos. La USGA también afirma que el 90% de las instalaciones públicas de 18 hoyos ofrecen ‘green fees’ de nueve hoyos.

1. Menor tiempo de juego: ahorro de dos horas y quince minutos, en promedio

2. Una forma más agradable, y menos intimidante, de iniciación en el juego

3. Se paga una menor tarifa comparando con una de 18 hoyos

4. La tarjeta de juego sería válida para efectos de hándicap

5. Un buen ejercicio en el que se pueden quemar más de mil calorías en un corto tiempo

6. Se disfruta más y es menos tensionante. Muchos profesionales suelen practicar de este modo

7. Mayores posibilidades de reunir a los integrantes de la familia en una misma ronda

8. Es apto para discapacitados

9. Muy útil para llenar espacios libres del día, entre citas y actividades laborales

Precisiones del Ministerio del Deporte a la práctica deportiva durante la pandemia:

El Ministerio del Deporte emitió la Circular Externa No. 007, con la que imparte directrices para el ejercicio de la práctica deportiva durante la pandemia de coronavirus.

“Teniendo en cuenta las medidas de prevención y contención frente a la propagación del Covid -19 tomadas por el Gobierno Nacional y, particularmente las señaladas en el artículo primero del Decreto 847 de 2020, que modificó el numeral 35 del artículo 3 del Decreto 749 de 2020, se hace necesario precisar la aplicación de las actividades permitidas en este numeral”, manifiesta el Ministerio del Deporte.

El rango de edades de los deportistas, así como la duración de dicha práctica, son las contemplaciones de las directrices: “En este sentido, se reitera, que el Decreto en cita es absolutamente claro al indicar que la práctica deportiva - a diferencia del desarrollo de actividades físicas y ejercicio al aire libre – únicamente está autorizada para las personas entre los 18 y 69 años de edad y por un periodo máximo de dos (2) horas”.


Vea CIRCULAR EXTERNA NO. 007

Vea CIRCULAR PARA CLUBES




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